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Jubilados recibirán devoluciones de la Agencia Tributaria tras reforma

El pasado 25 de julio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) lanzó una noticia que seguramente alegrará a muchos jubilados: ¡la Agencia Tributaria comenzará a devolver las cantidades que se habían pagado de más a mutuas de previsión social durante las décadas de 1960 y 1970! Esta medida, resultado de una reforma legal aprobada en el Congreso el 22 de julio, busca corregir una situación injusta que ha dejado a miles de pensionistas sin el reembolso que les corresponde.

¿Te imaginas haber cotizado de más y no recibir lo que es tuyo?

Detalles del Procedimiento de Devolución

Con la implementación de este nuevo procedimiento, Hacienda se prepara para empezar a realizar los pagos a los jubilados que cumplan con los requisitos establecidos. Este trámite es el desenlace de un proceso complejo que había mantenido a muchos jubilados en la incertidumbre, a pesar de que había jurisprudencia que obligaba a la agencia tributaria a llevar a cabo estos pagos. La reforma, que se incluyó como enmienda a la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, facilita la devolución de las cantidades pagadas de más durante los años no prescritos. ¡Es un gran paso adelante!

Los jubilados que ya habían solicitado su devolución correspondiente a 2019 no tendrán que hacer más trámites. ¿No es genial? Esta solicitud será suficiente para reclamar el total adeudado en un solo ingreso. Hacienda comenzará a abonar las devoluciones de los ejercicios fiscales 2019, 2020, 2021 y 2022, así como de años anteriores que no estén prescritos. ¡Es hora de que reciban lo que les pertenece!

Proceso de Solicitud para Jubilados

Si eres jubilado y aún no has solicitado tu devolución, no te preocupes. Puedes hacerlo fácilmente a través de un formulario disponible en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Este formulario es bastante sencillo; solo necesitas introducir tu nombre, DNI y el número de cuenta bancaria donde deseas recibir el importe adeudado. A partir del 28 de julio, tendrás un periodo adicional de seis meses para presentar tus solicitudes. ¿Vas a aprovechar esta oportunidad?

Además, el formulario que presentes también servirá para iniciar procedimientos de rectificación o devolución respecto a todos los períodos impositivos afectados, incluyendo los ejercicios 2020 a 2022, incluso si el formulario original solo se refería a años anteriores no prescritos. ¡No dejes pasar esta ocasión!

Derechos de Devolución y Cálculos Estimados

Los jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades entre 1967 y 1978 son los que tienen derecho a estas devoluciones. Esto incluye a pensionistas de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, pensiones complementarias y fondos especiales públicos. Según estimaciones del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), el importe promedio de la devolución podría rondar los 4.000 euros por persona, con un total estimado de 6.000 millones de euros a devolver. ¡Es una cifra considerable!

Es fundamental señalar que para aplicar la reducción del 25% por las contribuciones a las mutualidades, estas deben haberse realizado antes del 1 de enero de 1999 y no haberse incluido en la base imponible del impuesto, según la legislación vigente. La Agencia Tributaria se encargará de calcular automáticamente el importe debido, el cual será abonado antes del 30 de diciembre de 2025. ¿Te imaginas recibir ese dinero a fin de año?

Finalmente, el BOE ha indicado que el cómputo del plazo de prescripción se suspenderá para aquellos derechos a solicitar la devolución que no hayan prescrito hasta el 22 de diciembre de 2024. Esto significa que los jubilados podrán acceder a sus derechos sin preocuparse por los plazos que pudieran haber vencido. ¡Una gran noticia para todos!