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Sentencia del Tribunal Supremo sobre el impuesto de sucesiones y empresas familiares

¡Atención! El Tribunal Supremo ha dado un paso importante para las empresas familiares que manejan activos inmobiliarios. Con su reciente sentencia, se aclaran las condiciones para acceder a la reducción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). ¿Te imaginas poder aliviar la carga fiscal en el relevo generacional? Ahora, basta con cumplir con los requisitos formales de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), sin necesidad de demostrar que se tiene un empleado a jornada completa.

Detalles de la sentencia y su impacto

Todo comenzó con el fallecimiento de una contribuyente en abril de 2013, quien dejó una herencia nada menos que con el 90% de las acciones de una sociedad patrimonial familiar dedicada al arrendamiento de inmuebles. Los herederos, al solicitar una reducción del 99% en el ISD, se toparon con una inspección del Departamento de Hacienda del Gobierno de Aragón, que alegó que la sociedad no cumplía con el requisito de tener una actividad económica suficiente. ¿Te parece justo?

El Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Aragón, en su resolución de junio de 2020, dio parcialmente la razón a los herederos, aunque desestimó la parte que se refería a la actividad económica, argumentando que la carga de trabajo no justificaba la contratación de un empleado a jornada completa. Este mismo argumento fue respaldado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que también desestimó la apelación de la familia. Pero la historia no terminó ahí.

Interpretación de la ley y su aplicación

La familia decidió apelar al Tribunal Supremo, que finalmente emitió una sentencia clave. La corte subrayó que el objetivo de la reducción del ISD es **garantizar la continuidad de las empresas** y disminuir la carga fiscal durante el proceso de sucesión. De hecho, el Tribunal criticó la exigencia de una justificación económica adicional, más allá de lo que establece la LIRPF, argumentando que esto solo genera incertidumbre y desconfianza jurídica.

Según la nueva sentencia del Tribunal Supremo, para aplicar la reducción del ISD en arrendamientos de inmuebles, solo es necesario cumplir con los requisitos formales de tener un local para la actividad y un empleado a jornada completa. Este fallo no solo anula la decisión previa del TSJA, sino que establece un importante **precedente** que otorga mayor seguridad jurídica a las empresas familiares en España.

Consecuencias y recomendaciones para el futuro

Es fundamental destacar que esta resolución del Tribunal Supremo llega en un momento donde las empresas familiares enfrentan desafíos notables en su transmisión intergeneracional. Gracias a esta decisión, estas sociedades podrán operar con mayor flexibilidad y seguridad ante la administración tributaria. Sin embargo, los expertos advierten a los contribuyentes que se mantengan alerta ante la correcta aplicación de las normativas fiscales, sobre todo en situaciones donde se recurra a la subcontratación para gestionar activos.

Además, hace un año, la Dirección General de Tributos (DGT) había aclarado que las sociedades arrendadoras podían subcontratar la gestión de sus activos sin ser consideradas sociedades patrimoniales. Esta aclaración, sumada a la reciente sentencia del Tribunal Supremo, refuerza la idea de que las empresas familiares pueden seguir operando de manera efectiva sin caer en problemas fiscales. Por ello, los asesores fiscales recomiendan a las empresas familiares mantener una documentación clara y cumplir con los requisitos legales para evitar malentendidos con el fisco en el futuro. ¿Estás preparado para estos cambios? ¡Es hora de poner todo en orden!