La presencia de criptomonedas en carteras de particulares ha dejado de ser marginal y la Administración ha respondido con nuevas obligaciones informativas. Frente a una situación tributaria que hasta hace poco convivía con dudas y consultas técnicas, la Agencia Tributaria ha actualizado el borrador del IRPF e introducido un bloque específico para activos digitales que obliga a un mayor detalle.
Esta medida coincide con el inicio de la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2026, que se presenta desde el pasado 8 de abril hasta el 30 de junio, y marca una senda clara hacia la transparencia.
El cambio persigue dos objetivos: facilitar la cumplimentación mediante campos estructurados y, al mismo tiempo, intensificar la vigilancia de operaciones complejas.
En la práctica supone que lo que antes podía declararse de forma genérica ahora requiere desgloses concretos. Así, la nueva disposición pretende cerrar la zona de sombra sobre operaciones entre monedas, recompensas por validación y saldos en plataformas foráneas, y exige al contribuyente aportar datos que permitan reproducir el cálculo fiscal de las ganancias y pérdidas.
Declaración y las nuevas casillas
En el borrador del IRPF aparecen las casillas 1800 a 1814, un bloque destinado a registrar cada transacción con detalle. No basta con indicar un saldo final: se pide consignar la fecha de compra, el valor de adquisición, la fecha de transmisión y el importe de transmisión para calcular la ganancia patrimonial. Esta estructura facilita el control, porque la Agencia puede cotejar movimientos y detectar discrepancias entre lo declarado y la información cruzada con plataformas o terceros. La simplificación administrativa del formulario viene acompañada, por tanto, de una mayor exigencia documental.
Qué debe incluirse en los registros
En la práctica, el contribuyente tendrá que desgajar cada operación de compraventa, intercambio o cesión, indicando precios en euros según el momento de cada movimiento. La documentación de soporte —extractos de exchanges, justificantes de transferencia y registros de cartera— cobra relevancia para sostener los cálculos. Además, la normativa exige respetar criterios de valoración con el fin de identificar correctamente la base imponible y evitar interpretaciones erróneas sobre periodos de adquisición y transmisión.
Intercambios entre monedas, staking y minería
Un punto central es que cualquier permuta entre criptomonedas genera un resultado patrimonial sujeto a tributación; no es necesario convertir a euros para que nazca la obligación. Hacienda aplica el criterio FIFO (first in, first out) para determinar qué unidades se consideran transmitidas y así calcular la ganancia o pérdida. El resultado se integra en la base imponible del ahorro, donde los tramos aplicables son progresivos: 19% hasta 6.000 euros, 21% entre 6.001 y 50.000, 23% hasta 200.000, 27% hasta 300.000 y 30% para importes superiores.
Staking y minería: diferencias prácticas
La minería, cuando se desarrolla con habitualidad y carácter profesional, se considera una actividad económica y tributa en la base general del IRPF, con tipos que pueden llegar a alrededor del 47% según la comunidad autónoma, aunque suele estar exenta de IVA. En cambio, los rendimientos procedentes de staking delegado, gestionado por plataformas, se tratan por norma general como capital mobiliario. La distinción importa porque la carga fiscal puede variar significativamente entre ambos marcos, y porque cambia la obligación de clasificación contable y el régimen de deducciones.
Activos en el extranjero y el Modelo 721
La vigilancia alcanza también a los saldos fuera de España. Si se mantienen monedas virtuales en exchanges no residentes y el valor supera los 50.000 euros, existe la obligación informativa mediante el Modelo 721. Esta declaración es exigible tanto para personas físicas como jurídicas residentes y persigue evitar que activos en plataformas foráneas queden ocultos al fisco. El cumplimiento del Modelo 721 permite a la Administración conocer la tenencia y estructura de los activos en el extranjero, lo que facilita el cruce de información y reduce el riesgo de sanciones por omisión.
Recomendaciones prácticas
Planificar y documentar resulta esencial: conservar justificantes, exportar historiales de operaciones y aplicar el criterio FIFO en los cálculos evitará errores en la declaración. Las casillas 1800 a 1814, la aplicación del FIFO en permutas y la obligación del Modelo 721 son los tres pilares que todo poseedor de criptomonedas debe conocer. Actuar con antelación y, si procede, buscar asesoramiento especializado reduce el riesgo de sanciones y permite integrar estas inversiones en la planificación fiscal con seguridad.