Convocatoria premios INFO emprendedor 2026: bases, plazos y cuantías

Accede a la convocatoria telemática para empresas que recibieron el premio emprendedor del mes y conoce requisitos, importes y fechas

La presente publicación explica, de manera clara y práctica, la convocatoria de los Premios INFO Emprendedor del Año 2026, dirigida a las empresas que fueron galardonadas como Premio Emprendedor del Mes durante el ejercicio previo. El objetivo es incentivar la continuidad y la consolidación de proyectos empresariales en la Región de Murcia, facilitando una ayuda económica y un proceso de selección conforme al régimen de concurrencia competitiva.

Esta guía resume plazos, importes, requisitos legales y cómo presentar la solicitud de forma íntegramente telemática.

La convocatoria figura publicada en el BORM n.º 67 de 23 de marzo de 2026 y, en consecuencia, esta convocatoria permanecerá abierta desde las 09:00 horas de 24 de marzo de 2026 hasta las 23:59 horas de 16 de abril de 2026.

Además, la solicitud debe presentarse en el plazo de 15 días desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BORM. Para el trámite se requiere contar con la documentación que se indica en el anexo y con los medios para realizar la teletramitación de la ayuda.

Resumen de la convocatoria y marco normativo

La convocatoria pretende seleccionar, mediante concurrencia competitiva, a las tres mejores empresas entre las candidatas que cumplan los requisitos establecidos. El procedimiento se apoya en las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 4 de abril de 2016, y en su modificación por la Orden de 26 de marzo de 2026. Las ayudas se conceden respetando el Reglamento (CE) N. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de minimis, publicado en el DOUE n.º 352 de 24 de diciembre de 2013. Toda empresa admitida deberá ajustarse a este marco legal y a las condiciones que fija el Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

Beneficiarios, requisitos y documentación

Podrán optar únicamente aquellas empresas que obtuvieron el reconocimiento de Premio Emprendedor del Mes en el periodo anterior a la convocatoria y que además cumplan las condiciones exigidas por la normativa. Entre los requisitos esenciales figura tener un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Las empresas beneficiarias deberán presentar la declaración conforme al modelo del Anexo y, si procede, aportar la acreditación de cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. También deberán acreditar que no están incursas en las prohibiciones contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos legales y exclusiones

Es imprescindible que las candidatas no estén sujetas a prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones según la Ley 38/2003. Además, las condiciones relativas a la residencia y actividad en la región serán verificadas por el Instituto. Respecto al régimen de ayudas, se aplicará lo previsto en el Reglamento (CE) N. 1407/2013, por lo que las cuantías otorgadas se consideran ayudas de minimis. Las empresas deben conservar y presentar, cuando se les solicite, la documentación que acredite el cumplimiento de estos requisitos durante el procedimiento administrativo.

Cuantías, criterios de valoración y presentación de la solicitud

Se otorgarán premios en metálico a las tres empresas mejor valoradas según los criterios que establezca el Instituto. Las dotaciones económicas son las siguientes: primer premio: 6.000,00 euros; segundo premio: 4.000,00 euros; tercer premio: 2.000,00 euros. Estos importes son de libre disposición del beneficiario, siempre dentro del marco del Reglamento (CE) N. 1407/2013. Es importante señalar que no proceden costes elegibles como partidas subvencionables: la ayuda es un premio directo sin imputación de gastos específicos.

Cómo presentar la solicitud

La tramitación se realiza de forma íntegramente telemática. La solicitud debe formalizarse en el plazo indicado y adjuntar los documentos requeridos en el Anexo. Para facilitar el proceso, el Instituto de Fomento proporciona información sobre lo que se necesita para tramitar electrónicamente, incluyendo requisitos técnicos y recomendaciones para adjuntar certificados y formularios. En el menú de la convocatoria en la sede electrónica aparecen todos los trámites asociados y los enlaces para completar la solicitud.

Contactos y apoyo informativo

Para resolver dudas o solicitar información adicional las empresas pueden contactar con el Instituto de Fomento de la Región de Murcia a través del correo electrónico [email protected] o del teléfono 900 700 706. En la publicación del BORM n.º 67 de 23 de marzo de 2026 aparecen los extractos y la referencia oficial de la convocatoria, por lo que se recomienda consultarlos antes de enviar la documentación. También se indica la posibilidad de descargar herramientas como Adobe Reader para visualizar anexos en formato PDF.

En resumen, esta convocatoria persigue promover la continuidad de proyectos emprendidos en la región mediante premios económicos y un proceso de selección fundamentado en normativa específica. Las empresas interesadas deben comprobar que cumplen los requisitos, preparar la documentación exigida y presentar la solicitud dentro del plazo establecido: desde las 09:00 horas de 24 de marzo de 2026 hasta las 23:59 horas de 16 de abril de 2026, respetando el plazo general de 15 días desde el día siguiente a la publicación en el BORM.

Scritto da Dr. Luca Ferretti

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