Recientemente, el Juzgado de Primera Instancia nº 104 Bis de Madrid ha tomado una decisión significativa al declarar la nulidad de un contrato de microcrédito emitido por KVIKU SPAIN SL, que establecía un interés desorbitado del 4.036,01% de TAE.
Esta sentencia no solo destaca la preocupación por las prácticas abusivas en el sector de los microcréditos, sino que también refuerza la necesidad de proteger a los consumidores frente a intereses usureros.
El proceso legal fue dirigido por el abogado Gonzalbes, quien presentó el caso en un juicio verbal sobre obligaciones.
Cabe mencionar que la resolución aún no es definitiva, lo que significa que puede ser objeto de apelación en virtud de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Fundamentos de la sentencia
La decisión del juzgado se basa en la constatación de que el tipo de interés pactado en el contrato es considerablemente más alto que el interés normal del dinero, lo que lo hace manifiestamente desproporcionado.
Esta circunstancia implica que el contrato es nulo desde su origen, conforme a lo estipulado en la Ley de Represión de la Usura.
Elementos destacados en la resolución
En su fallo, el tribunal enfatiza varios puntos clave que son de gran relevancia:
- Losmicrocréditosy los préstamos rápidos están sujetos a la regulación de la usura, incluso en ausencia de normativas específicas que los aborden directamente.
- Para establecer el concepto deinterés normal del dinero, es fundamental referirse a los tipos de intereses de los créditos al consumo que publica elBanco de España, evitando el uso de estudios privados o certificaciones no oficiales.
- A pesar de que estos préstamos suelen tener montos pequeños, tiempos de aprobación rápidos y plazos de devolución cortos, estos factores no justifican la imposición de intereses excesivamente altos.
- La usura conlleva una nulidad radical que no puede ser convalidada o corregida mediante ajustes posteriores en el tipo de interés.
Implicaciones económicas para los prestatarios
Como resultado de la nulidad del contrato, el prestatario solo tiene la obligación de reembolsar el capital que efectivamente recibió. Además, la entidad demandada debe restituir todas las cantidades que se hayan cobrado de manera excesiva, con la adición de las costas del proceso, lo que representa un avance significativo en la defensa de los derechos de los consumidores.
Esta sentencia se alinea con una tendencia jurisprudencial que se manifiesta cada vez más firme en la lucha contra las tasas de interés abusivas en el ámbito de los microcréditos, consolidando así la protección de los consumidores en este sector. Esto significa que no se debe permitir que los productos de financiamiento de este tipo queden fuera del alcance del control judicial.
Defensa de los derechos del consumidor
En Gonzalbes, continuamos comprometidos en la defensa de los derechos de aquellos que han adquirido microcréditos o préstamos rápidos con intereses desmedidos, incluso si estos ya han sido cancelados. Si te encuentras en una situación similar y tienes dudas sobre la legalidad de tu microcrédito, no dudes en contactarnos para analizar tu caso sin ningún compromiso.