Esta página sintetiza los aspectos esenciales de la convocatoria 2026 modalidad C, dirigida a proyectos empresariales que impulsen la transformación territorial y la lucha contra la despoblación. Su tramitación se realiza exclusivamente por la plataforma PLATERO, desde donde pueden iniciar solicitudes, reanudar trámites y consultar expedientes. Además, incluimos referencias normativas, documentación asociada y canales de contacto para resolver dudas.
Atención: por intervención en la plataforma de Notific@, el día 28 de mayo a partir de las 16:00 pueden producirse alertas relacionadas con la creación y apertura de notificaciones. Se ruega disculpar las molestias.
Cómo presentar la solicitud en PLATERO
Para comenzar el proceso, acceda a la plataforma PLATERO y registre la entidad mediante la opción «Gestión entidad/usuario». En el alta deberá indicar el Órgano Gestor como S. G. para el Reto Demográfico y seleccionar la Convocatoria «Reto Demográfico – Modalidad C: Proyectos empresariales». Desde esa misma interfaz podrá generar una nueva solicitud, recuperar un formulario guardado y consultar el estado de sus expedientes.
Representación y firma electrónica
Las solicitudes pueden presentarse de forma presencial por el titular o mediante apoderado. Los mecanismos admitidos son: certificado digital del representante, o representación acreditada en el REA (Registro Electrónico de Apoderamientos). Los métodos de autenticación y firma electrónica señalados en PLATERO son obligatorios para garantizar la validez de la presentación.
Plazos, resolución y efectos
El plazo de petición figura como Desde 05/12 hasta 22/01. Tenga en cuenta que la admisión de una solicitud solo implica que continúa en el proceso de evaluación; no constituye en sí misma la concesión de la ayuda. El plazo máximo para la resolución es de 6 meses. La resolución administrativa pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo o, de forma potestativa, en reposición.
Inicio de oficio y silencio administrativo
El procedimiento puede ser iniciado de oficio por la administración y, según la normativa aplicable, el efecto del silencio se entenderá conforme a la regulación vigente. Esto determina cómo se gestionan los procedimientos cuando la administración no resuelve en los plazos previstos.
Documentación y requisitos
Entre la documentación que obra en poder de la administración se incluyen las certificaciones de estar al corriente en obligaciones con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, así como la consulta a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Además, en la convocatoria se especifica la documentación complementaria que las empresas o entidades deben adjuntar al formulario de solicitud.
Podrán beneficiarse de estas subvenciones las PYME, las personas en situación de autoempleo y las entidades de la economía social, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TED/1358/2026, de 1 de diciembre, modificada por la Orden TED/1074/2026, de 24 de septiembre.
Documentos de apoyo y materiales informativos
En la sección de documentación asociada figuran varios ficheros de interés: las Bases reguladoras consolidadas (sin valor jurídico), la Orden de 2 de diciembre de 2026 que convoca las subvenciones, el formulario de referencia para la modalidad C, y materiales del webinar del 12 de diciembre de 2026 (presentación y vídeos). También se han publicado resoluciones provisionales y definitivas con las relaciones de solicitudes admitidas y excluidas, así como correcciones y ampliaciones de plazo.
Órgano gestor, normativa y contactos
El expediente se resuelve por el titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La responsable del procedimiento es la Subdirección General de Análisis, Planificación y Ayudas contra la Despoblación, dependiente de la Dirección General de Políticas Contra la Despoblación.
Para consultas administrativas o técnicas puede utilizar el teléfono 913222235 o enviar un correo a [email protected]. Además, se facilita el acceso a la política de protección de datos y al enlace para el ejercicio de derechos en materia de datos personales.
Marco normativo
La convocatoria se articula sobre las siguientes normas: la Orden TED/1358/2026, de 1 de diciembre, su modificación por la Orden TED/1074/2026, de 24 de septiembre y la Orden de 2 de diciembre de 2026 que concreta la convocatoria de ayudas para 2026. Los documentos de resolución y las correcciones publicadas deben consultarse para conocer la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.
Si necesita preparar una solicitud, revise con detalle las FAQs y el manual de uso de PLATERO, y conserve constancia de la documentación presentada. La correcta identificación del representante y la firma electrónica son elementos clave para evitar incidencias en la tramitación.