En el último informe público disponible sobre las grandes corporaciones españolas se recoge que las 171 mayores compañías con matriz en España, aquellas que superan el umbral de 750 millones de euros de cifra de negocios consolidada, presentan un tipo efectivo mundial que ha subido notablemente hasta situarse en el 21,7% en 2026.
El documento, elaborado a partir del modelo 231 o Country by Country report, detalla la cifra de negocios, los beneficios antes de impuestos y la cuota del Impuesto sobre Sociedades devengada y satisfecha en cada jurisdicción, ofreciendo una radiografía de la tributación internacional de estos grupos.
Datos y ritmo de crecimiento
El universo analizado incluye 171 grupos multinacionales que gestionan 16.228 filiales —5.831 domiciliadas en España y 10.397 en el extranjero— y que en su conjunto alcanzan una cifra de negocios mundial de 1,2 billones de euros, un aumento del 4,8% respecto al ejercicio precedente.
Los beneficios agregados ascienden a 112.331 millones de euros, con un incremento interanual del 14,7%, mientras que la factura fiscal global por Impuesto de Sociedades alcanza los 24.395 millones de euros, un 23,9% más que en 2026. Estos movimientos elevan el promedio de tributación a niveles previos a la pandemia y evidencian un cambio estructural en la carga fiscal efectiva.
Distribución de tipos efectivos
La estadística muestra una heterogeneidad notable: 29 grupos tributan por debajo del 5%, un 37% se sitúa por debajo del 15% —umbral del nuevo impuesto mínimo global acordado por 160 países a través de la OCDE— y un 34% supera el 25%, que es el tipo nominal del Impuesto de Sociedades en España. Estos datos reflejan la diversidad de estructuras, jurisdicciones y perfiles sectoriales entre los grandes grupos, y subrayan la relevancia de la implementación del pilar dos de la reforma fiscal internacional para armonizar bases imponibles y tipos efectivos.
Incentivos autonómicos para impulsar inversión
En paralelo a los cambios globales, algunas administraciones autonómicas han reforzado sus marcos tributarios para atraer capital. Por ejemplo, la Comunitat Valenciana ha introducido deducciones específicas destinadas a fomentar la inversión en empresas emergentes: una deducción autonómica del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio para inversiones en empresas emergentes, así como una deducción en el IRPF del 30% sobre cantidades invertidas en acciones o participaciones, con un límite de 6.600 euros por contribuyente y un requisito de permanencia mínima de tres años.
Condiciones y beneficios adicionales
Además de la deducción básica, existe un incremento adicional del 15% —con un límite de 15.000 euros— para inversiones en entidades calificadas como innovadoras, vinculadas a universidades, localizadas en zonas en riesgo de despoblación o consideradas startups. Estas medidas pretenden movilizar ahorro privado hacia proyectos con actividad económica real en la región, aunque su aplicación exige planificación fiscal previa para asegurar el cumplimiento de los requisitos temporales y materiales que exige la normativa autonómica.
Medidas estatales de apoyo al transporte y logística
En el ámbito estatal, el Real Decreto-ley 7/2026 puso en marcha un paquete de respuesta que moviliza 5.000 millones de euros y contiene medidas dirigidas específicamente al transporte por carretera y la logística, sectores muy afectados por la subida de precios de carburantes y la disrupción en cadenas de suministro. Entre las medidas de choque figura una ayuda de 0,20 euros por litro de gasóleo profesional para transportistas adheridos al régimen de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, aplicación hasta el 30 de junio de 2026, condicionada al pago con las tarjetas oficiales de gasóleo profesional.
Para quienes no podían beneficiarse del régimen anterior se diseñaron ayudas directas por vehículo con cuantías orientativas (por ejemplo, importes diferenciados para camiones, furgonetas, taxis o autobuses) y una línea de reavales del ICO de hasta 2.000 millones para avales vinculados a tarjetas de combustible. Complementariamente, se adoptaron reducciones temporales de impuestos: rebaja del IVA aplicable a carburantes al 10% y disminución del Impuesto Especial sobre la Electricidad al 0,5% hasta el 30 de junio de 2026, medidas condicionadas a la evolución del IPC y a la compatibilidad con la normativa de ayudas de Estado de la UE.
Condiciones de acceso y obligaciones
La percepción de ayudas directas conlleva obligaciones, entre las que destaca la prohibición de despidos por causas económicas o productivas hasta el 30 de junio de 2026, y la exigencia de planes de movilidad sostenible en menos plazo para determinados centros de trabajo. Estas condiciones, junto con la dependencia de validaciones comunitarias, hacen que la efectividad práctica de las medidas dependa tanto de la tramitación administrativa como del cumplimiento de los requisitos laborales y fiscales por parte de las empresas beneficiarias.