Cómo tributan las ganancias por la transmisión de criptomonedas en el IRPF

Descubre cómo la consulta vinculante V1550-25 impacta a los contribuyentes que operan con criptomonedas. Mantente informado sobre las implicaciones fiscales y normativas que esta consulta tiene para el manejo de activos digitales.

El crecimiento en el uso de criptomonedas ha generado una creciente necesidad de clarificar su tratamiento fiscal. La Subdirección General de Operaciones Financieras de la Dirección General de Tributos ha publicado la consulta vinculante V1550-25, enfocándose en el impacto que tienen las criptomonedas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Esta consulta resulta particularmente relevante para los contribuyentes que operan en diversas plataformas digitales o exchanges de criptomonedas, ya que aclara cómo calcular las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de estos activos.

Clasificación de las criptomonedas

Para entender el enfoque tributario, es fundamental considerar cómo se define un criptoactivo. Según el Reglamento (UE) 2026/1114, las criptomonedas son vistas como representaciones digitales de valor que pueden ser transferidas mediante tecnología de registro distribuido. Además, la Ley 10/2010 sobre la prevención del blanqueo de capitales menciona el concepto de moneda virtual.

Desde la perspectiva fiscal, la DGT establece que las criptomonedas son consideradas bienes inmateriales, lo que implica que están sujetas al IRPF. Esta clasificación se basa en una doctrina bien establecida que facilita la comprensión de cómo se deben tratar estas transacciones desde un punto de vista fiscal.

Ganancias patrimoniales en el contexto del IRPF

El artículo 33.1 de la Ley 35/2006 señala que la transmisión de criptomonedas genera una ganancia o pérdida patrimonial si no se realiza en el marco de una actividad económica. Para calcular esta variación, se debe considerar la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, tal como se detalla en el artículo 35 de la LIRPF.

Las ganancias obtenidas se clasifican como renta del ahorro, integrándose en la base imponible conforme a los artículos 46.b) y 49 de la ley mencionada, lo que resalta la importancia de llevar un registro adecuado de las transacciones realizadas por los contribuyentes.

El desafío de la identificación de las unidades transmitidas

Uno de los aspectos más debatidos en la consulta es cómo un contribuyente puede identificar las unidades de criptomonedas adquiridas en diferentes plataformas. La DGT sostiene que, debido a la naturaleza fungible de las criptomonedas, no es posible segmentar el valor de adquisición por cada plataforma al calcular la ganancia patrimonial.

Esto implica que las unidades de un mismo tipo de criptomoneda son intercambiables y no se pueden distinguir entre sí, sin importar su origen. Este enfoque busca simplificar el proceso de declaración y asegurar una mayor homogeneidad en el tratamiento fiscal.

Aplicación del principio FIFO

Ante la falta de directrices específicas en la LIRPF para las criptomonedas, la DGT adopta el principio de “primero en entrar, primero en salir” (FIFO) por analogía. Esto significa que, en caso de realizar ventas parciales de criptomonedas del mismo tipo, se considerará que las unidades transmitidas son las que fueron adquiridas primero, sin tener en cuenta la plataforma a través de la cual se realizaron las compras.

Este método busca ofrecer una claridad adicional sobre cómo contabilizar las transacciones y facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de manera más sencilla.

Implicaciones prácticas de la consulta

Esta consulta resulta particularmente relevante para los contribuyentes que operan en diversas plataformas digitales o exchanges de criptomonedas, ya que aclara cómo calcular las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de estos activos.0

Esta consulta resulta particularmente relevante para los contribuyentes que operan en diversas plataformas digitales o exchanges de criptomonedas, ya que aclara cómo calcular las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de estos activos.1

Scritto da Staff

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