Conductores piden reconocimiento de coeficientes reductores y celebran avance judicial

UGT y CCOO mantienen una concentración en Madrid para exigir que se aprueben los coeficientes reductores que permitan la jubilación anticipada de conductores; la tramitación ha sido aliviada tras eliminarse la exigencia de NIF y con el aval de decisiones judiciales recientes

Los principales sindicatos del sector del transporte por carretera, UGT y CCOO, han convocado una concentración en Madrid para el 10 de marzo con el objetivo de presionar al Gobierno a favor del reconocimiento de los coeficientes reductores que permitan la jubilación anticipada de conductores profesionales.

La movilización se enmarca en un proceso administrativo abierto tras solicitudes registradas el 20 de octubre de 2026, y ha sufrido novedades trascendentes en las últimas semanas.

Entre las novedades figura la supresión de un requisito que había generado un notable rechazo en el sector: la obligación de aportar la identificación fiscal (NIF) de cientos de miles de trabajadores.

Además, una resolución judicial reciente ha respaldado que ese filtro no debe bloquear la tramitación del expediente, lo que acerca la discusión al análisis técnico que determinará si procede o no aplicar los coeficientes.

Qué solicitan los sindicatos y quiénes están implicados

La petición central firmada por UGT, CCOO y la patronal Anagrual el 20 de octubre de 2026 reclama que los conductores de transporte de mercancías, transporte de viajeros por carretera y vehículos autopropulsados sean incluidos entre las profesiones que pueden acogerse a los coeficientes reductores previstos en el Real Decreto 402/2026 de 27 de mayo. Ese real decreto establece una vía administrativa para adelantar la edad de jubilación cuando se acredite que la actividad entraña condiciones excepcionalmente penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres.

El expediente se tramita en la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), y su resolución depende de la aprobación de un informe técnico que evalúe la morbilidad, mortalidad y la imposibilidad de corregir las condiciones laborales. En ese proceso participan técnicos de distintos ministerios, organizaciones empresariales y sindicales, y la decisión final seguirá el cauce legal previsto en el Real Decreto.

El alivio administrativo: eliminación del requisito del NIF

Uno de los obstáculos más comentados surgió cuando la DGOSS requirió a los promotores del expediente que aportaran la identificación fiscal de las personas incluidas en los colectivos solicitantes. Ese requerimiento afectaba a un volumen estimado en 300.000 a 400.000 conductores que prestaron servicio entre 2018 y 2026, y fue calificado por el sector como un “calvario administrativo”.

Tras intensas gestiones, la Seguridad Social rectificó y anunció que ya no será necesario que los sindicatos faciliten esos NIF. En paralelo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en sentencia de 18 de febrero de 2026, anuló el precepto del Real Decreto que permitía ese tipo de exigencia, considerándolo desproporcionado por su efecto de bloqueo. La consecuencia práctica es que la Administración asumirá la aportación de datos y el trámite avanza sin ese lastre.

Impacto práctico del fallo judicial

La sentencia del Tribunal Supremo no garantiza la concesión de la jubilación anticipada, pero elimina un motivo de archivo automático. Con ello, el expediente pasa a centrarse en la fase técnica: recopilación de estadísticas de siniestralidad, informes médicos, dictámenes de la Inspección de Trabajo y análisis actuariales que determinen si la naturaleza del trabajo impide modificar las condiciones para reducir el riesgo.

Argumentos técnicos sobre la penosidad del trabajo

Los sindicatos sostienen que la actividad de los conductores reúne múltiples factores que justifican la aplicación de coeficientes reductores: exposición a accidentes de tráfico, manipulación de cargas, turnicidad, nocturnidad, permanencia prolongada en posición sentada, fatiga acumulada, riesgos ergonómicos, y exposición a contaminantes y vibraciones. Además, aportaron estudios que muestran mayor tasa de siniestralidad y prolongación de bajas laborales, y que ciertos riesgos se agravan con la edad.

En su memoria, los promotores del expediente argumentan que reconocer estos coeficientes no debe comportar una penalización en la pensión: la idea es que el cálculo refleje la mayor carga física y psíquica de la profesión permitiendo un acceso anticipado hasta un límite mínimo de 52 años establecido por la normativa.

Comparación con otros países

Los sindicatos recuerdan que sistemas de otros Estados de la Unión Europea ya contemplan mecanismos equivalentes: Francia, Alemania e Italia, entre otros, contemplan fórmulas para facilitar salidas tempranas en profesiones con elevada penosidad, como algunos subsectores del transporte público.

Plazos, financiación y próximos pasos

El Real Decreto fija un plazo máximo de seis meses para resolver los procedimientos iniciados; por ello, y dado que las solicitudes se registraron en octubre de 2026, la Administración tendría que pronunciarse en el periodo legal establecido, lo que sitúa el cierre del procedimiento en los meses siguientes. Si la resolución fuera estimatoria, se iniciaría la tramitación para aprobar el reconocimiento por real decreto y fijar la financiación mediante una cotización adicional a cargo de la empresa y del trabajador (o en su caso del trabajador autónomo).

Mientras tanto, sindicatos y sector mantienen la presión pública. La concentración prevista para el 10 de marzo en Madrid persiste como herramienta de movilización para exigir una resolución favorable y garantizar que, si procede, la salida anticipada se implemente con seguridad jurídica y financiera.

Conclusión

El proceso para reconocer la jubilación anticipada de conductores avanza ahora sin el freno administrativo del NIF gracias a la intervención judicial y a la rectificación administrativa. El desenlace dependerá de los informes técnicos que acrediten la excepcional penosidad de la profesión y de la voluntad política para aprobar el real decreto que materialice los coeficientes reductores.

Scritto da Staff

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