ElTribunal de Defensa de la Libre Competencia(TDLC) emitió el 21 de diciembre de 2026 una sentencia clave en el rol C N° 349-18. En esta decisión, se desestimaron las acusaciones de abuso de posición dominante colectivo presentadas por las empresas de criptomonedasSURBTC SpA,CRYPTOMKT SpAyOrionx SpA.
Estas compañías denunciaron a varias instituciones financieras, incluidosItaú-Corpbanca,Banco del Estado de ChileyScotiabank Chile, por prácticas que limitaban su acceso al mercado.
Las demandantes argumentaron que los bancos cerraban cuentas o negaban su apertura con la intención de restringir la participación de los intermediarios de criptomonedas.
Además, se acusó a las entidades bancarias de ejercerautotutela, explotación de situaciones de dependencia económica, y de implementar prácticas discriminatorias y excluyentes. En el caso deOrionx SpA, también se incluyó una acusación subsidiaria de abuso de posición dominante individual.
Evaluación del tribunal sobre las demandas
Tras analizar las pruebas presentadas, el TDLC concluyó que no existían suficientes elementos que demostraran que las empresas de criptomonedas eran competidoras directas de los bancos demandados. Aunque se reconoció lainterdependencia estratégicaen el mercado de cuentas bancarias, el tribunal no encontró las condiciones necesarias para configurar el abuso de posición dominante colectivo que se alegaba. Esto se fundamentó en la falta de transparencia y sostenibilidad en las conductas acusadas.
Elementos estructurales y conductuales analizados
Durante su análisis, el TDLC observó que, si bien existía cierta presión competitiva que las empresas de criptomonedas podrían ejercer sobre los servicios bancarios, esto no se traducía en un impacto directo en la competencia. Por ejemplo, el tribunal subrayó que las cuentas bancarias no son consideradas un insumo esencial, ya que no hay limitaciones de capacidad por parte de los bancos y la oferta de cuentas es diversa, sin monopolio de una sola entidad.
Además, la evaluación de las conductas individuales de cada banco desestimó la existencia de prácticas abusivas. Se demostró que las decisiones de cierre o no apertura de cuentas estaban justificadas y no surgían de una intención de perjudicar a las demandantes. Esto es fundamental, ya que establece que no se dieron las condiciones para hablar de un abuso de posición dominante.
Consecuencias de la decisión del TDLC
La sentencia del TDLC no solo marca un precedente en la relación entre los bancos y las empresas de criptomonedas, sino que también resalta la importancia de contar con pruebas claras y contundentes para fundamentar acusaciones de abuso de posición dominante. La resolución indica que, en este caso particular, las empresas de criptomonedas no lograron demostrar su posición competitiva frente a los bancos, lo que subraya la necesidad de un marco regulatorio más claro y efectivo en el sector definanzas digitales.