Con el inicio de un nuevo año, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), en colaboración con EXPANSIÓN, ha presentado su guía fiscal del ahorro. Este documento se convierte en una herramienta esencial para entender la tributación que afecta a los diferentes activos donde podemos invertir nuestros ahorros.
En esta edición, se centrará en la cesión de capitales a terceros, una categoría que abarca diversas formas de remuneración, ya sean monetarias o en especie. Esto incluye los intereses, los rendimientos de productos financieros como las participaciones preferentes y cualquier tipo de recompensa que se pueda recibir por la cesión de recursos económicos.
Tipos de rendimientos y su tributación
Cuando hablamos de rendimientos derivados de activos financieros, es crucial considerar las diversas categorías que pueden influir en su tributación. Por un lado, encontramos los ingresos generados por intereses y las ganancias patrimoniales que surgen de la transmisión de activos.
Sin embargo, vale la pena destacar que, en el caso de las transmisiones lucrativas de activos financieros por fallecimiento, los rendimientos positivos no están sujetos a impuestos.
Donaciones y su tratamiento fiscal
La situación se complica al tratar las donaciones. En el ámbito de los activos financieros, las pérdidas patrimoniales derivadas de la donación de estos activos no pueden ser consideradas. Por lo tanto, es fundamental comprender cómo se gestionan las donaciones, ya que cualquier contraprestación se considera como una transacción remunerada, a menos que se demuestre lo contrario.
Para evitar problemas con la administración tributaria, es recomendable documentar los préstamos informales entre amigos y familiares. Estos préstamos deberían ser presentados bajo la categoría de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (AJD), aunque están exentos de este tributo. De esta manera, se puede establecer prueba ante la autoridad fiscal y evitar que el ingreso en la cuenta del prestatario se clasifique como una donación o una ganancia patrimonial injustificada.
Aspectos a considerar en préstamos entre partes vinculadas
En el caso de préstamos entre partes vinculadas, como un socio y su sociedad, o familiares de un socio con la misma sociedad, es importante recordar que, aunque la operación se declare como gratuita, deberá valorarse a precios de mercado. Esto significa que no se aceptará evidencia en contrario.
Cálculo de intereses y su integración en la base imponible
Un punto crucial a considerar es que, si un socio otorga un préstamo a su sociedad, los intereses generados se integrarán en la base general del impuesto en la parte que exceda el triple del capital social, proporcional al porcentaje de participación del socio en la entidad. Por ejemplo, si un individuo tiene el 50% de las participaciones de una sociedad con un capital de 100.000 euros y presta 500.000 euros, los intereses generados se calcularán de la siguiente manera.
Si los intereses obtenidos son de 20.000 euros, estos se considerarían inicialmente como rendimiento de capital mobiliario. Sin embargo, dado que existe una vinculación entre las partes, se debe considerar la proporción correspondiente al exceso del capital prestado que supere el triple de los fondos propios. En este caso, el resultado de multiplicar por tres los fondos propios relevantes sería 150.000 euros (3 x 50% de 100.000). Por lo tanto, el rendimiento que se integraría en la base del ahorro sería de 6.000 euros, y el resto, es decir, 14.000 euros, se integraría en la base general.
Implicaciones de la tributación del ahorro
La guía fiscal del ahorro para brinda un marco claro sobre cómo deben manejarse los rendimientos de los ahorros y las implicaciones fiscales asociadas. Comprender cómo funcionan los diferentes tipos de ingresos y las normativas que rigen su tributación es fundamental para optimizar nuestra situación financiera. Al hacerlo, no solo se mejorará la gestión de los ahorros, sino que también se evitarán sorpresas desagradables en la declaración de impuestos.