El Servicio de Empleo y Formación (SEF) de la Región de Murcia gestiona actualmente dos líneas principales de ayuda dirigidas a personas que quieren iniciar una actividad por cuenta propia. En este texto presentamos de forma ordenada los requisitos básicos, las cantidades disponibles y los programas complementarios para facilitar la puesta en marcha de un negocio, conservando la información esencial para solicitar cada ayuda.
Se incluyen también los recursos de acompañamiento y asesoramiento que pueden complementar las subvenciones, como el PAEM, Desafío Mujer Rural y los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE). A lo largo del contenido encontrarás las condiciones de elegibilidad y los pasos a seguir para acceder a cada línea de apoyo.
1. Subvención al establecimiento como autónomo (inversión)
Esta modalidad consiste en una subvención destinada a quienes inviertan en bienes vinculados a su actividad empresarial o profesional. Para ser beneficiario es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo y realizar una inversión mínima de 2.500 euros en activos de inmovilizado material o intangible.
El plazo de admisión está abierto de forma permanente hasta agotamiento de fondos.
La cuantía de la ayuda puede oscilar entre 6.000 y 9.900 euros, dependiendo del colectivo al que pertenezca la persona solicitante. Los importes asignados por colectivo son los siguientes: hombres H.1 (menores de 30 años), H.2 (de 45 a 54 años) y H.3 (30 a 44 años parados de larga duración): 6.000,00 euros; otros colectivos de hombres (H.4 con discapacidad, H.5 en riesgo de exclusión social o perceptores de renta, H.6 de 45 a 54 años parados de larga duración y H.7 de 55 o más años): 8.000,00 euros. Para mujeres, categoría general M.1: 7.000,00 euros; y restantes colectivos femeninos (M.2 con discapacidad, M.3 en riesgo de exclusión social o perceptoras de rentas, M.4 de 45 a 54 años paradas de larga duración y M.5 de 55 o más años): 9.000,00 euros.
2. Subvenciones Cuota Cero Ampliada y tarifa plana
Cuota Cero Ampliada
La convocatoria de Cuota Cero Ampliada establece como fecha tope de presentación el 15/11/2026. El plazo individual para presentar la solicitud es de un mes contado desde la fecha de alta en RETA. Se admiten altas en RETA a partir del 1 de enero de 2026.
Requisitos clave: estar inscrito como demandante de empleo en el SEF al menos un día antes del alta como autónomo y no haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los dos años anteriores. El importe total por beneficiario asciende a 2.920 euros, que se compone de 1.000 euros para el establecimiento inicial más el cálculo de 24 mensualidades de la cuota reducida, que en 2026 es de 80 euros mensuales.
Tarifa plana de la cuota de autónomo
Durante el periodo 2026-2026 las personas de nueva alta en el régimen de autónomos pueden solicitar una cuota reducida de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses. La petición se realiza al tramitar el alta de autónomo. Tras esos 12 meses, se puede prorrogar la cuota reducida otros 12 meses si se prevé que los rendimientos netos anuales serán inferiores al salario mínimo interprofesional correspondiente a ese periodo; dicha extensión debe solicitarse en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para quienes tengan una discapacidad igual o superior al 33%, sean víctimas de violencia de género o de terrorismo, la cuota de 80 euros se aplica durante los primeros 24 meses y puede ampliarse otros 36 meses con una cuota de 160 euros. Nota importante: podrán beneficiarse quienes no hayan estado de alta en los dos años inmediatamente anteriores, o en tres años si ya disfrutaron de la tarifa plana.
3. Programas complementarios y recursos de apoyo
Pago único por desempleo
La capitalización del paro, conocida como pago único, permite recibir la prestación por desempleo en un solo pago para poner en marcha una actividad. Requisitos principales: tener derecho a cobrar al menos tres meses de prestación, no haber recibido esta ayuda en los cuatro años anteriores, no haber iniciado la actividad al solicitarla y comenzar la actividad en el plazo máximo de un mes tras el cobro. El objetivo es facilitar el autoempleo.
PAEM, Desafío Mujer Rural y PAE
El PAEM (Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres), promovido por el Instituto de la Mujer y la Cámara de Comercio con cofinanciación del Fondo Social Europeo, ofrece asesoramiento presencial en más de 50 cámaras y a través del portal http://empresarias.camara.es/, con respuesta en menos de 48 horas. Sus servicios incluyen información, orientación, autodiagnóstico de viabilidad, acceso a redes, posibilidades de microcrédito sin aval hasta 25.000 € mediante colaboración con MICROBANK, y el proyecto de mentorización W&W Sabiduría de Mujer.
Desafío Mujer Rural, también cofinanciado por el Fondo Social Europeo, apoya el emprendimiento femenino en el medio rural con asesoramiento personalizado, formación en modelos de negocio, marketing digital, acceso a una tienda virtual para comercializar productos y la creación de redes. El plazo de inscripción está abierto y el contacto es [email protected]. Por último, los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) ofrecen información sobre formas jurídicas, constitución telemática mediante Documento Único Electrónico (DUE), ayudas e incentivos, régimen de Seguridad Social y materias como financiación, fiscalidad y contratación.
Si necesitas documentación o enlaces oficiales para iniciar los trámites, consulta los canales del SEF, la Tesorería General de la Seguridad Social y las cámaras de comercio. Estas vías aportan formularios, requisitos detallados y contactos de los puntos PAE para completar solicitudes y recibir asesoramiento personalizado.