Si sientes que una tarjeta revolving o un microcrédito te han atrapado en pagos interminables, la reforma aprobada en 2026 puede ser un punto de inflexión. Esta normativa busca reducir el sobreendeudamiento y aumentar la transparencia en un sector que alcanzó cifras históricas en los últimos años.
El Gobierno aprobó el anteproyecto que transpone las directivas europeas y que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 7 de enero de 2026. A partir de esa base normativa se introducen límites, obligaciones de supervisión y mecanismos para que los consumidores reclamen lo pagado de más.
Topes de interés y estructura de los límites
Una de las novedades más visibles es el establecimiento de un tope transitorio del 22% TAE para las nuevas operaciones de crédito al consumo, aplicable hasta que el Banco de España publique los tramos definitivos.
Estos topes definitivos dependerán del importe y se actualizarán de forma anticipada y trimestral por la autoridad monetaria. En la propuesta se contemplan distintos umbrales: créditos hasta 1.500 €, entre 1.500 y 6.000 €, y por encima de 6.000 € con plazos diferenciados.
Cómo afectará a tarjetas revolving
Las tarjetas revolving, que han generado un volumen importante de litigios por intereses elevados, quedan sujetas a este tope transitorio. Las entidades deberán adaptar tanto nuevas emisiones como contratos vigentes para no superar el límite. Además, el esquema definitivo prevé que la fijación de la TAE se base en el tipo medio del mercado más un margen decreciente según el importe del crédito.
Microcréditos: reglas específicas para frenar abusos
Los préstamos rápidos o microcréditos reciben un tratamiento muy estricto. Aunque representan una porción pequeña del volumen total de crédito, su impacto social es relevante por afectar a hogares con menos recursos. La normativa introduce tres límites esenciales que transforman el modelo de negocio de estos productos.
Límites cuantitativos y de plazo
En concreto, la reforma fija un tope del 4% mensual de interés para los microcréditos, una comisión máxima del 5% del capital (con un tope absoluto de 30 euros) y prohíbe los préstamos devueltos en un solo pago: el plazo mínimo será de tres meses con al menos tres cuotas mensuales. Estas medidas buscan evitar las renovaciones sucesivas y la cadena de endeudamiento a corto plazo.
Para ilustrar el impacto: si una persona solicita 300 € para devolver en tres meses bajo las nuevas condiciones, el coste total será sustancialmente inferior al de las operaciones a 30 días que tradicionalmente cargaban enormes comisiones e intereses.
Autorización, supervisión y transparencia
Otra modificación relevante es la exigencia de que todas las entidades que concedan crédito estén autorizadas y supervisadas por el Banco de España. Esto implica que los prestamistas no registrados podrán ver sus contratos afectados por la nulidad de pleno derecho, lo que abre la puerta a reclamaciones por intereses cobrados indebidamente.
La ley también endurece la obligación de información: se prohíbe la publicidad que destaque solo la facilidad o rapidez y se exige que la comunicación precontractual muestre el coste total del crédito de forma clara. Para los microcréditos se añade un periodo de reflexión de 24 horas antes de su aceptación para evitar decisiones impulsivas.
Evaluación de solvencia y consentimiento expreso
Las entidades deberán realizar una evaluación de solvencia reforzada, consultando historiales crediticios y comprobando la capacidad de pago del solicitante, especialmente en créditos de alto coste. Asimismo, la reforma prohíbe la emisión de tarjetas o la ampliación de límites sin el consentimiento expreso del cliente; es decir, los bancos no podrán activar productos no solicitados por el titular.
Recuperar lo pagado: derechos y pasos para reclamar
La ley no solo actúa de cara al futuro: también facilita la posibilidad de reclamar intereses abusivos ya abonados. La jurisprudencia del Tribunal Supremo, combined con las nuevas reglas, permite a muchos consumidores iniciar reclamaciones para recuperar cantidades significativas pagadas por tarifas usurarias. No todos los casos son iguales, pero la existencia de topes y la nulidad de créditos concedidos sin autorización fortalecen las bases legales para la reclamación.
Aunque no es obligatorio contar con un abogado, la complejidad técnica y las defensas habituales de las entidades hacen recomendable la asistencia especializada para maximizar probabilidades de éxito y la cuantía recuperada.
Conclusión y recomendaciones prácticas
Si has utilizado una tarjeta revolving o un microcrédito, conviene revisar tu contrato, comprobar si la entidad estaba autorizada y valorar una reclamación por intereses. Actuar con información y asesoría te permitirá aprovechar las nuevas protecciones y, en muchos casos, recuperar dinero que se consideraba perdido.