Propuesta de Asnef para bajar el umbral de alto coste y ajustar la regulación del crédito al consumo

Asnef plantea bajar el tope de 1.000 euros para considerar un crédito de alto coste, pide que los establecimientos financieros puedan ofrecer esos productos y reclama ajustes técnicos en el cálculo de TAE y la inclusión de la reserva de dominio

La patronal de establecimientos financieros de crédito, Asnef, ha remitido una batería de alegaciones al anteproyecto de la ley de crédito al consumo con propuestas destinadas a adaptar las reglas a la realidad salarial y técnica del mercado. Entre sus peticiones más destacadas está la reducción del umbral que actualmente fija en 1.000 euros el límite para que un préstamo sea catalogado como de alto coste, una cifra que, según la organización, resulta desproporcionada frente al salario mínimo interprofesional y la situación económica de muchos hogares.

Además de cuestionar ese límite, Asnef propone cambios en la metodología de cálculo de tipos, reivindica la posibilidad de que los establecimientos financieros ofrezcan créditos catalogados como de alto coste y reclama aclaraciones sobre la información precontractual y la plasmación jurídica de ciertas garantías.

Las aportaciones fueron presentadas en el marco de la consulta pública al anteproyecto, proceso abierto por el Ministerio de Economía para recabar opiniones del sector.

Revisión del umbral de alto coste y su relación con los salarios

La petición central de Asnef consiste en rebajar el límite de 1.000 euros que determina cuándo un préstamo se considera de alto coste. La patronal argumenta que dicho umbral no refleja adecuadamente la realidad del poder adquisitivo, puesto que compara mal con el SMI y los ingresos habituales de los consumidores. Para Asnef, mantener la cifra actual podría excluir productos que deberían someterse a controles más estrictos y, al mismo tiempo, impedir que ciertos actores financieros participen en ese segmento, reduciendo la competencia.

Competencia en el mercado de microcréditos

Relacionado con lo anterior, Asnef solicita que los establecimientos financieros de crédito puedan ofertar préstamos considerados de alto coste y no quede ese nicho reservado únicamente a entidades de microcréditos. La patronal defiende que una mayor diversidad de oferentes favorecería condiciones más competitivas para el consumidor y evitaría la concentración de oferta en unos pocos actores. Esta propuesta busca equilibrar acceso y protección sin penalizar la entrada de proveedores financieros al segmento.

Metodología para fijar límites y distinción entre tipos

Otro eje de las alegaciones es la mejora del método técnico empleado para fijar límites en los tipos de interés aplicables a préstamos al consumo. Asnef reclama que, al calcular las TAE medias, se tenga en cuenta la tipología del crédito y su destino, en lugar de limitarse a variables temporales como el plazo. Para apoyar esta idea, la patronal ha elaborado junto con AFI un estudio sobre categorías de crédito al consumo que ya ha puesto a disposición del legislador.

Distinción entre TIN y TAE

La asociación enfatiza la necesidad de que la futura normativa distinga de forma clara entre TIN y TAE para garantizar comparaciones precisas entre ofertas. Según Asnef, confundir ambas magnitudes o aplicar criterios homogéneos sin matizar por producto puede inducir a error al consumidor y distorsionar la competencia. Por ello, reclama reglas que preserven la transparencia y permitan comparativas fiables entre alternativas de financiación.

Alcance, garantías y exigencias informativas

Asnef advierte además sobre una posible ampliación del ámbito de la ley al incluir a personas jurídicas. La patronal considera que el crédito al consumo debe reservarse a las personas físicas, porque la financiación a empresas tiene características distintas en montos, coste, riesgos y canales de contratación. Si no se acota el alcance, prevén que la oferta para particulares podría verse reducida, con efectos negativos para el acceso al crédito.

En materia de garantías, Asnef solicita el reconocimiento jurídico de la reserva de dominio —esa figura que mantiene la propiedad de un vehículo en manos del vendedor o entidad financiera hasta la cancelación del préstamo— para que quede plasmada con eficacia en el ordenamiento, tal y como recoge el Código Civil. Asimismo, la patronal considera que las obligaciones de información precontractual previstas en el anteproyecto resultan en algunos casos excesivas y que los avisos en la publicidad son extensos, si bien valora la intención de reforzar la transparencia.

Cláusula de sanación y calendario de implementación

Finalmente, Asnef plantea incorporar una cláusula de sanación que evite efectos retroactivos en la aplicación de las nuevas normas y solicita ampliar el plazo de implementación hasta 12 meses para permitir una adaptación ordenada del sector. Este punto responde a la preocupación por evitar costes regulatorios inesperados y garantizar que las empresas dispongan del tiempo necesario para ajustar productos y procesos a la normativa.

En conjunto, las alegaciones de Asnef persiguen equilibrar protección del consumidor, claridad normativa y competitividad en el mercado financiero, proponiendo ajustes técnicos y de alcance que, a su juicio, permitirían una aplicación más práctica y proporcionada de la futura ley de crédito al consumo.

Scritto da Staff

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