En el debate sobre la nueva regulación del crédito al consumo, la patronal de los establecimientos financieros de crédito, conocida como Asnef, ha presentado una propuesta para reducir el importe máximo de los microcréditos de alto coste. La organización considera que el límite planteado por el anteproyecto, situado en 1.000 euros, podría incrementar el riesgo de sobreendeudamiento entre personas con menor capacidad económica y pide una rebaja efectiva a entre 400 y 500 euros.
Los micropréstamos analizados aplican algunos de los tipos de interés más elevados del mercado. Aunque la cuantía de cada operación suele ser reducida, su impacto agregado y la elevada TAE convierten a estos productos en una fuente importante de vulnerabilidad financiera para consumidores rechazados por la banca tradicional.
Por qué Asnef pide recortar el tope de los microcréditos
La petición de Asnef surge en el contexto de la adaptación de la normativa nacional a la directiva europea sobre contratos de crédito al consumo. El anteproyecto define una categoría nueva, la de operadores de crédito de alto coste, y fija unas condiciones para sus productos: préstamos de pequeño importe, plazos cortos y un límite máximo de tipo de interés equivalente a un 60% TAE.
Para la patronal, permitir operaciones de hasta 1.000 euros a clientes con bajos ingresos puede agravar situaciones de impago y dependencia de préstamos sucesivos.
Asnef propone que el importe máximo tenga relación con la capacidad de endeudamiento del prestatario, aplicando un porcentaje similar al utilizado en otros créditos al consumo —entre el 35% y el 40% de endeudamiento—, de modo que el límite resulte razonable según la renta del cliente y no sea un umbral fijo que favorezca el riesgo.
Riesgos del mercado actual y necesidad de supervisión
En los años previos, la ausencia de regulación específica permitió la proliferación de numerosos operadores que concedían préstamos de importes muy bajos con condiciones extremas: en muchos casos, las TAE llegaban a miles de puntos porcentuales. Ese entorno generó prácticas sin controles adecuados de solvencia y elevó la probabilidad de impago y de la llamada espiral de endeudamiento.
La nueva norma pretende corregir esas carencias obligando a que estas entidades obtengan autorización y estén supervisadas. El objetivo es que exista un marco común de responsabilidades, evaluación de riesgos y transparencia para el consumidor, evitando lagunas regulatorias que permitan abusos.
Usuarios más afectados
Los principales demandantes de estos microcréditos suelen ser personas que han sido rechazadas por la banca tradicional y necesitan liquidez inmediata. Al no disponer de alternativas más asequibles, acaban recurriendo a prestamistas que, aunque cumplan formalmente la ley, pueden aplicar condiciones que empeoran su situación económica. Por ello, Asnef insiste en la necesidad de que los límites consideren la capacidad de pago real del cliente.
Posición de Asnef sobre los topes de interés y la clasificación de productos
En materia de tipos, la patronal muestra reticencias a una intervención directa del precio del crédito en un mercado libre, pero comprende la intención legislativa de establecer topes para evitar abusos. El anteproyecto plantea un sistema incremental que toma como referencia el tipo medio del crédito al consumo publicado por el Banco de España y añade márgenes por tramos de importe. Asnef acepta la lógica de esa fórmula, aunque pide matizar su aplicación.
Además, la asociación propone que los límites no contemplen únicamente importe y plazo, sino también la finalidad del crédito. No es equivalente financiar un vehículo, que puede servir de garantía, que conceder un préstamo sin destino específico para cubrir gastos cotidianos. Por eso han elaborado, junto con una consultora, un estudio para clasificar los créditos en categorías como financiación de automóviles, préstamos con finalidad concreta, créditos sin destino, productos revolving y otros.
Evitar solapamientos normativos
Otro punto planteado por Asnef es evitar duplicidades legales: solicita que, si la ley fija tipos máximos expresos para estos contratos, no se aplique de forma simultánea la legislación sobre usura a los mismos productos, lo que podría dar lugar a conflictos judiciales y a incertidumbre para los operadores y los consumidores.