El debate sobre cómo regular los microcréditos con tipos elevados ha entrado en una nueva fase tras las alegaciones presentadas por Asnef al anteproyecto de la Ley de Crédito al Consumo. La patronal considera que el umbral legal que clasifica un préstamo como de alto coste —actualmente fijado en 1.000 euros— es excesivo si se analiza frente al salario mínimo interprofesional y la realidad de las rentas en España.
Además de pedir la reducción del importe máximo, Asnef plantea cambios en quiénes pueden comercializar estos productos y en la fórmula empleada para limitar los tipos de interés.
En su argumentación, la organización sostiene que permitir que una persona con ingresos bajos acceda a un microcrédito de hasta 1.000 euros con costes muy altos supone un riesgo real de sobreendeudamiento.
Por eso, además de rebajar el umbral, Asnef solicita que el texto legal precise conceptos técnicos y distinga claramente entre TIN y TAE para garantizar comparaciones transparentes entre ofertas. Estas propuestas se complementan con estudios aportados por la patronal para ayudar a clasificar los distintos productos de crédito al consumo.
Propuesta de reducción del umbral y sus razones
La medida central que plantea Asnef consiste en reducir el importe máximo que permite a un préstamo ser catalogado como de alto coste. Desde la patronal se argumenta que el actual límite no se corresponde con la capacidad de pago de los consumidores con salarios más bajos y que, por tanto, favorece situaciones de vulnerabilidad financiera. Para reforzar su postura, Asnef ha elaborado, junto al AFI, un análisis sobre categorías de crédito al consumo que detalla cómo diferenciar productos y aplicar topes específicos por tipo y finalidad.
Apertura del mercado y clasificación de productos
Un segundo eje de las alegaciones pide que los establecimientos financieros de crédito puedan ofrecer estos préstamos de elevado coste para impulsar la competencia. Actualmente, la concesión de microcréditos de alto coste está concentrada en empresas especializadas; Asnef defiende que permitir a más actores con licencia compita reduciría márgenes abusivos y ampliaría la oferta regulada. Asimismo, solicita distinguir seis categorías de productos con sus topes de precios correspondientes para que la regulación sea más fina y proporcionada.
Tarjetas revolving y límites jurisprudenciales
En materia de tarjetas revolving, la patronal pide que la nueva norma incorpore la doctrina del Tribunal Supremo, que obliga a aplicar un diferencial máximo sobre el interés medio del mercado. Según Asnef, esa interpretación judicial —ya seguida por el sector— establece un tope coherente frente a la antigua Ley de Usura de 1908, cuya derogación expresa reclaman para evitar contradicciones normativas. El objetivo es que haya seguridad jurídica y que los límites a los tipos sean previsibles y aplicables.
Aspectos técnicos y efectos en la oferta
Asnef no solo plantea cambios sustantivos, sino también correcciones técnicas: solicita mejorar el mecanismo de cálculo de las TAE medias, incorporando la tipología del crédito y su destino, en lugar de ceñirse únicamente al plazo temporal. Además, pide que el alcance del anteproyecto no se amplíe a personas jurídicas, ya que la financiación a empresas difiere en montos, costo, riesgo y canales de contratación respecto a la financiación a consumidores; según la patronal, mezclar ambos segmentos podría reducir la oferta de crédito destinada a personas físicas.
Otros puntos reclamados incluyen la introducción de la reserva de dominio en la regulación —para asegurar la eficacia jurídica de garantías en la compra de vehículos—, la revisión de la carga informativa precontractual que consideran excesiva y la inclusión de una cláusula de sanación para evitar aplicaciones retroactivas de la norma. Finalmente, Asnef ha solicitado un plazo de implementación ampliado a 12 meses para permitir una transición ordenada de las entidades afectadas.
En conjunto, las propuestas de Asnef buscan equilibrar la protección del consumidor con la viabilidad operativa de las entidades que conceden crédito. Sus alegaciones apuntan a una regulación más granulada, con límites adaptados por categoría de producto, una metodología de cálculo más precisa para los topes de interés y una mayor competencia regulada que, en su opinión, reduciría prácticas predatorias y mejoraría la transparencia del mercado de crédito al consumo.