La declaración de activos fuera de España se ha convertido en un asunto central para contribuyentes y asesores. El Modelo 720 y el Modelo 721 no liquidan impuestos, pero sí obligan a comunicar patrimonio a la Agencia Tributaria. Estas declaraciones son informativas y se utilizan para contrastar rentas, detectar discrepancias y rastrear activos custodiados fuera del territorio nacional.
Si tu situación incluye cuentas, valores, inmuebles o cripto en plataformas fuera de España, conviene anticipar la presentación: el plazo para ambos modelos finaliza el 31 de marzo de 2026 respecto al ejercicio cuyo valor se calcula a 31 de diciembre de 2026.
Además, los asesores recomiendan reunir la documentación con antelación para preparar una declaración coherente y defensible.
Qué cubre cada modelo
Modelo 720: cuentas, inversiones y bienes inmuebles
El Modelo 720 exige informar sobre tres bloques principales cuando el saldo o valor supera 50.000 euros a 31 de diciembre de 2026: cuentas en entidades financieras en el extranjero; valores, participaciones y seguros contratados fuera de España; y bienes inmuebles ubicados en otros países.
Deben declararlo quienes sean titulares, autorizado, beneficiario o tengan poder de disposición sobre esos activos. En la práctica, aparecen dificultades técnicas como la valoración de instrumentos financieros, la omisión de cuentas canceladas o la discrepancia entre la titularidad formal y la real, por lo que la consistencia con las declaraciones fiscales habituales es clave.
Modelo 721: criptomonedas custodiadas fuera de España
El Modelo 721 incorpora el universo de las criptomonedas cuando se custodian en plataformas situadas en el extranjero y el conjunto supera 50.000 euros a la fecha de referencia. Aquí surgen preguntas técnicas: determinar si un exchange cuenta como entidad extranjera, cómo valorar los saldos a 31 de diciembre de 2026 y cuándo vuelve a ser obligatorio presentar el modelo por incrementos patrimoniales. La trazabilidad y la elección del criterio de valoración son dos puntos que exigen revisión detallada.
Cuándo hay que presentar y cuándo repetir la declaración
La fecha límite para entregar ambos formularios es el 31 de marzo de 2026. No es necesario presentar el Modelo 720 o 721 cada año por defecto: solo se debe volver a declarar cuando el importe declarado en cualquiera de los bloques aumente en más de 20.000 euros respecto a la última información enviada, o cuando se produzca la venta, cancelación o pérdida de la titularidad de alguno de los bienes previamente informados. Para poder preparar y presentar la documentación con garantías, los asesores suelen pedir los datos con antelación; por ejemplo, ILIA ETL GLOBAL solicita la información antes del 25 de marzo de 2026 para tramitar la presentación dentro del plazo.
Riesgos habituales y criterios de valoración
Errores frecuentes
Entre los fallos más comunes se encuentran la valoración incorrecta de activos, la omisión de cuentas o wallets cerradas, y los desajustes entre la titularidad formal y la beneficiaria. Para criptoactivos, el reto aumenta: conviene documentar si las monedas están depositadas en plataformas extranjeras, registrar los identificadores de las cuentas y justificar el método de conversión a euros para la fecha de referencia. La ausencia de coherencia entre la información patrimonial y las rentas declaradas puede activar cruces de datos y comprobaciones posteriores.
Buenas prácticas y recomendaciones
Para minimizar riesgos es recomendable: mantener un histórico documental de movimientos y cierres de cuentas; aplicar un criterio uniforme de valoración; contrastar la información con las declaraciones de IRPF o Impuesto sobre Sociedades; y revisar la titularidad real de participaciones y seguros. Además, en el caso de criptoactivos, identificar claramente si un exchange se considera extranjero y conservar extractos que acrediten saldos a 31 de diciembre de 2026. La prevención y la consistencia son herramientas fundamentales frente a la fiscalización automatizada.
Asesoramiento y recursos
Si durante 2026 tuviste cuentas en el extranjero, inversiones financieras fuera de España, inmuebles en otros países o criptomonedas en exchanges extranjeros, conviene consultar con un experto en fiscalidad internacional. Firmas especializadas como ILIA ETL GLOBAL ofrecen revisión de situaciones, preparación de declaraciones y presentación telemática en nombre del cliente. Recopilar la información con tiempo suficiente facilita cumplir el plazo del 31 de marzo de 2026 y reduce el riesgo de rectificaciones posteriores ante la Agencia Tributaria.