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13 septiembre 2026

Todo lo que necesitas saber sobre el reglamento Verifactu y sus plazos

A partir de 2027, todas las empresas y autónomos deberán adaptarse al sistema Verifactu para garantizar la trazabilidad de sus facturas

Todo lo que necesitas saber sobre el reglamento Verifactu y sus plazos

El reglamento Verifactu está a punto de transformar la forma en que las empresas y autónomos gestionan sus facturas. Este sistema, diseñado para combatir la evasión fiscal y garantizar la trazabilidad de los registros, entrará en vigor de manera definitiva en 2027. Las sociedades tributarias tendrán hasta el 1 de enero de 2027 para adaptarse, mientras que los autónomos dispondrán de un plazo adicional hasta el 1 de julio de 2027.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha establecido un calendario detallado para la implementación de Verifactu. Este sistema exigirá que todas las entidades y profesionales que expidan facturas mediante soporte software cumplan con requisitos informáticos específicos, independientemente de su tamaño o volumen de facturación.

Plazos y obligaciones según el perfil fiscal

El calendario de aplicación de Verifactu distingue dos fechas clave en función del perfil fiscal del contribuyente. Las personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades como sociedades anónimas, limitadas, cooperativas y sociedades civiles con objeto mercantil, deberán adaptarse a partir del 1 de enero de 2027.

Por otro lado, los trabajadores autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) las comunidades de bienes con actividad económica y los establecimientos permanentes de entidades no residentes contarán con un margen adicional hasta el 1 de julio de 2027 para completar la homologación de sus herramientas tecnológicas de cobro y facturación.

Exenciones y requisitos técnicos

No todas las empresas estarán obligadas a adaptarse a Verifactu. Las empresas que ya reportan sus libros registros en tiempo real a través del Suministro Inmediato de Información (SII) —mecanismo obligatorio para grandes empresas con ingresos superiores a 6 millones de euros, grupos de IVA e inscritos en el REDEME—, así como los contribuyentes con domicilio fiscal en Navarra y los territorios históricos del País Vasco, donde rigen sistemas propios como TicketBAI, están exentos de esta obligación.

Asimismo, la exención alcanza a quienes realicen la facturación de forma estrictamente manual sin el concurso de hojas de cálculo, terminales de punto de venta (TPV) o programas de gestión contable, un supuesto cada vez más residual en el tráfico mercantil.

La normativa afecta de forma directa a la arquitectura del software de gestión comercial, exigiendo que las herramientas informáticas incorporen huella digital encadenada en cada documento, códigos QR estructurados y la capacidad de remitir automáticamente los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Adaptación de sistemas y controles

Desde el ámbito fiscal se recuerda que el cumplimiento de Verifactu resulta independiente de los requisitos de la factura electrónica entre empresas (B2B) regulada por la Ley Crea y Crece. Por lo tanto, las PYMES y profesionales deberán comprobar con sus proveedores tecnológicos que sus sistemas cumplen de origen con las especificaciones técnicas exigidas antes del vencimiento de sus respectivos plazos oficiales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) también ha establecido una fecha límite para adaptar los sistemas de facturación. A partir del 1 de diciembre de 2026 cualquier solicitud de Código de Autorización Electrónico (CAE) que no informe la condición frente al IVA del comprador será rechazada automáticamente.

ARCA ha comenzado a enviar notificaciones a los contribuyentes afectados, dándoles plazo hasta fin de noviembre para ajustar sus sistemas. Esta medida impacta principalmente a quienes facturan con desarrollos informáticos propios o con sistemas de gestión conectados a los web services del organismo.

Para evitar rechazos, los emisores deben asegurarse de que el dato de la condición impositiva del cliente viaje puntualmente en el campo técnico previsto por los web services de facturación electrónica. ARCA ha puesto a disposición manuales técnicos y tablas de valores admitidos para facilitar esta adaptación.

La exigencia de identificar la condición ante el IVA del receptor forma parte de un paquete de cambios introducidos por la Resolución General 5616/2024 con el objetivo de agilizar la registración de operaciones en el Libro de IVA Digital.

Autor

Marta Ruiz