Tributación del oro en Francia: claves para comprar y vender con éxito

Entienda las diferencias entre la compra sin IVA, los impuestos a la reventa y las reglas especiales para monedas, ETF y no residentes

Invertir en oro plantea preguntas fiscales concretas que conviene resolver antes de comprar. En Francia, la fiscalidad del oro de inversión difiere según se trate de oro físico (lingotes, barras, monedas) o de oro en papel (ETF, acciones mineras). La buena noticia inicial es que la adquisición de oro de inversión suele estar exenta de IVA, pero la fiscalidad al vender depende del tipo de activo, de la documentación disponible y del tiempo de posesión.

Conserva siempre facturas y justificantes: sin ellos, muchas ventajas fiscales no se aplican y se activa un régimen fijo menos favorable.

Compra: exención del IVA y criterios para el oro de inversión

La exención del IVA en la compra solo afecta al oro de inversión que cumple requisitos técnicos.

Para lingotes y barras la pureza mínima exigida es de 995‰ (99,5% de oro puro). En el caso de monedas, deben haber sido acuñadas tras 1800, haber sido de curso legal en su país de origen y presentar una pureza mínima de 900‰.

La Comisión Europea publica listados de monedas reconocidas que facilitan la verificación. Estos criterios marcan la diferencia entre un activo que está libre de IVA y otro que tributará como joyería u objeto de colección; por ello, comprobar la procedencia, la pureza y conservar el comprobante de compra es esencial.

Venta: opciones fiscales y cómo elegir

Impuesto fijo aplicable a metales preciosos (TMP)

Una vía estándar para la reventa de metales preciosos es acogerse al impuesto a tanto alzado conocido como TMP. Para ciertos metales el tipo aplicable es del 11,5% (incluye el 0,5% correspondiente al CRDS). La ventaja de este sistema es su simplicidad: se aplica sobre el importe total de la venta y no requiere demostrar la fecha ni el precio de compra. Esa característica lo hace adecuado cuando no se dispone de factura o cuando la operación genera una pérdida, ya que el impuesto se sigue aplicando sobre el importe íntegro.

Régimen de plusvalía real

Si puede probar la fecha y el precio de adquisición, puede optar por tributar sobre la plusvalía. En el caso del oro físico el gravamen general combinado puede situarse alrededor del 36,2% (por ejemplo, 19% impuesto sobre la renta más 17,2% de cotizaciones sociales), aunque conviene verificar la composición exacta según el tipo de bien. Este régimen permite una reducción del 5% por año a partir del tercer año de posesión, lo que culmina en una exención total tras 22 años. Además, si la operación genera una pérdida, no hay impuesto a pagar bajo este sistema, por lo que suele ser interesante para tenencias largas y bien documentadas.

Monedas, oro en papel y situación de los no residentes

Las monedas pueden tener un tratamiento específico: las consideradas monedas de inversión cumplen los criterios antes mencionados y, en la reventa, ofrecen la opción entre un impuesto fijo (por ejemplo, un tipo reducido del 6,5% en algunos casos) o un gravamen sobre la plusvalía (con tipos que pueden llegar al 37,6% según la inclusión de cotizaciones sociales). Las monedas que siguen siendo de curso legal tributan, por lo general, por la ganancia en la venta, con una exención si el importe no supera los 5.000 €. En cuanto al oro en papel —ETF y valores vinculados—, se aplica el régimen de ganancias de capital sobre valores, normalmente el PFU del 30% como regla general, aunque el contribuyente puede optar por la escala progresiva si le resulta más favorable. Para no residentes, desde el 1 de enero de 2014 existe una exención del impuesto a tanto alzado en determinadas condiciones, previa presentación de un certificado de residencia fiscal. Además, el oro quedó excluido del IFI desde el 1 de enero de 2018, lo que reduce cargas para patrimonios elevados.

Recomendaciones finales

Antes de comprar o vender, compruebe la categoría del producto (lingote, moneda, fondo), conserve facturas y considere el horizonte temporal: mantener el oro a largo plazo puede reducir o eliminar la tributación sobre la plusvalía. Evalúe si le conviene aplicar el impuesto fijo o declarar la ganancia real; en muchos casos una calculadora fiscal o el asesoramiento de un experto marcan la diferencia. Recuerde que las cuentas con ventajas fiscales (PEA, seguros de vida, PER) alteran la fiscalidad del oro en papel, por lo que integrarlas en su estrategia puede optimizar impuestos. Si tiene dudas, consulte con un profesional fiscal antes de cerrar la operación.

Scritto da Staff

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