En 2026, las familias numerosas en España tienen acceso a diversas ayudas fiscales que facilitan la compra de una vivienda. Estas ventajas varían según la comunidad autónoma y el municipio, pero pueden suponer un ahorro significativo en los impuestos asociados a la compraventa.
Las principales ventajas fiscales incluyen reducciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) deducciones en el IRPF bonificaciones en el IBI y reducciones en el AJD. A continuación, se detallan estas ayudas y cómo pueden beneficiar a las familias numerosas.
Reducción del ITP para familias numerosas
El ITP es un impuesto que se paga al adquirir una vivienda de segunda mano. Este impuesto está cedido a las comunidades autónomas, por lo que los tipos impositivos pueden variar. Las familias numerosas pueden beneficiarse de tipos reducidos en el ITP, siempre que la vivienda adquirida sea su residencia habitual y cumplan los requisitos establecidos por la normativa autonómica.
Por ejemplo, en Andalucía el tipo reducido es del 3,5%, mientras que en Cataluña y Navarra es del 5%. En Islas Baleares y el País Vasco las reducciones pueden llegar hasta el 2% y 2,5%, respectivamente. Es importante consultar la normativa vigente en cada comunidad autónoma antes de realizar la compra.
Deducción por familia numerosa en el IRPF
Las familias numerosas también pueden beneficiarse de una deducción estatal en el IRPF. Esta deducción no está específicamente ligada a la compra de una vivienda, pero puede ayudar a mejorar la economía familiar. Para las familias numerosas de categoría general, la deducción puede alcanzar los 1.200 euros anuales (100 euros mensuales). En el caso de las familias numerosas de categoría especial, el importe máximo se duplica hasta 2.400 euros al año (200 euros/mes).
Además, la normativa contempla incrementos por determinados hijos que excedan del número mínimo exigido para pertenecer a cada categoría. Esta deducción puede ser una ayuda significativa para las familias numerosas, aunque no esté directamente relacionada con la compra de la vivienda.
Bonificación del IBI para familias numerosas
La legislación permite que los ayuntamientos establezcan una bonificación de hasta el 90% de la cuota íntegra del IBI para familias numerosas. Sin embargo, esta bonificación no es automática y depende de los requisitos y límites establecidos por cada municipio. En algunos casos, el porcentaje de bonificación puede variar según el valor catastral de la vivienda y la categoría de la familia numerosa.
Es importante que las familias numerosas consulten las ordenanzas fiscales de su municipio para conocer las condiciones específicas y los porcentajes de bonificación aplicables. Esta bonificación puede suponer un ahorro considerable en el pago anual del IBI.
Deducciones en el AJD para familias numerosas
Si la vivienda es de obra nueva, no se paga ITP, sino IVA (10%) y AJD. Las familias numerosas pueden acceder a tipos reducidos o bonificaciones en el AJD, aunque las condiciones dependen de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Madrid las familias numerosas pueden aplicar una bonificación del 95% de la cuota de AJD cuando compran su vivienda habitual.
Esta bonificación puede suponer un ahorro significativo en el pago del AJD. Por ejemplo, para una vivienda de 236.000 euros, el impuesto pasaría de 1.770 euros al tipo general del 0,75% a 88,50 euros tras aplicar la bonificación. Es fundamental consultar la normativa autonómica para conocer las condiciones específicas en cada caso.
Antes de formalizar la compraventa, las familias numerosas deben comprobar al menos tres cuestiones: el ITP que tendrán que pagar, las posibles deducciones fiscales y la bonificación del IBI disponible en su municipio. También es importante distinguir entre vivienda nueva y usada, ya que los impuestos aplicables varían según el tipo de vivienda.



