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24 octubre 2026

Supremo exige a Albares y Bolaños lista de 163.020 ‘nietos’ en 5 días

El Supremo exige a Albares y Bolaños la lista de 163.020 'nietos' bajo amenaza de sanciones

Supremo exige a Albares y Bolaños lista de 163.020 'nietos' en 5 días

El Tribunal Supremo ha enviado un requerimiento a los ministros José Manuel Albares y Félix Bolaños para que entreguen, en un plazo de cinco días, la relación nominal de los 163.020 ciudadanos que fueron naturalizados bajo la llamada ley de nietos. La medida se produce tras la resolución de 10 de septiembre que suspendió cautelarmente el derecho a voto de los inscritos en el censo de residentes en el extranjero (CERA) que no cuenten con la certificación correspondiente.

El Supremo considera “incomprensible” que la Administración no haya remitido aún esa lista, ya que sin ella no es posible diferenciar a los individuos que deben ser excluidos del censo de los que pueden ejercer su sufragio conforme a la ley de Memoria Democrática. La falta de precisión, advierten los magistrados, podría dejar a miles de personas sin la posibilidad de votar en las elecciones del 29-N por simple omisión administrativa.

Requerimiento del Tribunal Supremo

En su resolución, la Sala de lo Contencioso-Administrativo subraya que es absolutamente necesario que la Administración facilite a la propia Sala, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral la relación nominal de los beneficiarios de la ley de nietos. El fallo indica que la entrega de esa información es esencial para garantizar la transparencia y la objetividad del proceso electoral, y que la inacción del Gobierno se traduce en una vulneración del derecho al voto.

Situación de los 163.020 ‘nietos’

Según los datos publicados por el Gobierno, el número total de personas afectadas asciende a 163.020. Hasta el 21 de octubre se habían revisado 31.390 expedientes, pero sólo en 91 casos se emitieron certificaciones que acreditan el exilio de los ascendientes, requisito indispensable para poder votar bajo la ley de Memoria Democrática. El resto de los expedientes sigue sin la certificación consular, lo que genera una gran incertidumbre sobre la elegibilidad de esos ciudadanos.

La normativa permite que los ciudadanos naturalizados bajo la ley de nietos voten siempre que sus padres o abuelos hayan sido forzados al exilio por motivos políticos durante la dictadura franquista. No obstante, la emisión de los certificados consulares depende de que los consulados confirmen dicha condición, y el Tribunal Supremo advierte que, sin la lista, la administración no puede ni excluir a los que fueron nacionalizados de forma irregular ni mantener a los que sí cumplen la ley.

Posibles sanciones y responsabilidad penal

El fallo advierte que, si en los cinco días concedidos no se entrega la relación nominal, el Tribunal podrá imponer una multa coercitiva de 1.000 euros que podrá repetirse de forma indefinida hasta que se cumpla la orden. Asimismo, la multa podría ejecutarse mediante procedimiento de apremio si no se paga voluntariamente. Tras tres multas sin efecto, se podrá remitir el caso al Ministerio Fiscal para valorar una posible denuncia por desobediencia.

En caso de que se abra una causa penal, la Sala Segunda del Supremo, competente en materia penal, podría imponer a los ministros una sanción de entre tres y doce meses de multa y una inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años, dado que ambos gozan de aforamiento. La combinación de multas administrativas y la amenaza de responsabilidad penal sitúa a Albares y Bolaños bajo una presión jurídica sin precedentes en el contexto electoral actual.